Compartimos el comunicado de FACA sobre el pedido de suspensión de la Resolución UIF Nro. 48/24 por su impacto en los derechos fundamentales del ejercicio profesional.
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Ud. en mi carácter de Presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, a fin de solicitarle tenga a bien interrumpir la vigencia de las obligaciones establecidas en la Resolución de la UIF No. 48/2024.
En la última Junta de Gobierno Anual de la Faca llevada a cabo el 13 de diciembre de 2024 en nuestra sede en Capital Federal a la que concurren abogados y abogadas de todo el país, se brindó una conferencia a cargo del Dr. Ezequiel Domínguez, quién ilustró al auditorio sobre la mencionada resolución y sus requerimientos.
El debate posterior dejó en evidencia múltiples situaciones de hecho cuya respuesta legal ofrece un amplio margen de duda.
A lo ya expuesto, no podemos dejar de mencionar la preocupación expresada por los representantes de la abogacía argentina por el deber impuesto como sujetos obligados ante la UIF, lo que genera una confrontación insalvable con derechos y garantías de raigambre constitucional, como por el ejemplo con el art. 18 de la CN, que protege la confidencialidad del vínculo abogado-cliente. El secreto profesional es un instituto consustancial al ejercicio de la abogacía y es el pilar del derecho de defensa en juicio.
Y, sin perjuicio de la acción judicial llevada adelante por esta institución ” Federación Argentina de Colegios de Abogados c/ EN ley 27739 s. Proceso de conocimiento, Expte. CAF 5633/2024″, estamos convencidos que resultará sumamente auspicioso y clarificador llevar adelante acciones conjuntas, ya sea de capacitación y/o coordinación de acciones a fin de un adecuado desenvolvimiento por parte de los abogados en el marco de la resolución antes mencionada.
En virtud de lo manifestado, reiteramos nuestra solicitud de inicio, esto es, la interrupción de la vigencia de las obligaciones establecidas en la Resolución de la UIF No. 48/2024 y la fijación de un nuevo plazo, lo que permitirá una adecuada capacitación y comprensión de los alcances de las obligaciones a cargo de la abogacía.
Sin más, lo saluda a Ud. con distinguida consideración.
Dra. Mariel Tschieder – Presidente FACA