Mesa de entradas de los juzgados con atención con turnos y presencial a demanda

Luego de las solicitudes realizadas por el CAyPN el TSJ ha solicitado considerar la ampliación de la atención espontánea en las dependencias judiciales:
1°) Dispuso que los titulares de Organismos, arbitren lo necesario para ampliar al máximo posible el horario de asignación de turnos y la cantidad de los mismos, de acuerdo al espacio disponible en cada dependencia y la dotación de personal que se pueda afectar para la finalidad aquí dispuesta.
2°) Solicito a la totalidad de los titulares de los Organismos, arbitren los medios necesarios para la atención de la demanda espontánea, que permita la consideración de las necesidades de los usuarios y operadores externos, de conformidad con lo indicado en los Considerandos del presente.

 

 

LA SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA INFORMA LO RESUELTO MEDIANTE DECRETO N°237/22.-

VISTO Y CONSIDERANDO: Que desde junio 2020 a la fecha, conforme las recomendaciones técnicas de las áreas de Salud Ocupacional, de Higiene y Seguridad y de la Autoridad Sanitaria Provincial, la atención al público en dependencias judiciales se ha organizado mediante sistema de turnos previos con finalidad preventiva y de control de circulación en áreas de espera y de tránsito. Que las distintas dependencias han ido organizando el sistema de turnos según las condiciones variables de los equipos de trabajo, los espacios físicos disponibles y las condiciones de ventilación y circulación de cada organismo. Que progresivamente cada uno de ellos avanzó en la ampliación de la atención, incrementando el horario y disponibilidad de turnos, además de la atención de la presentación espontánea conforme los medios disponibles a esos fines. Que el Colegio de Abogados de Neuquén -luego reiterado por el Colegio de Abogados de la Provincia del Neuquén- ha solicitado considerar la ampliación de la atención espontánea en las dependencias judiciales. Que se ha realizado un relevamiento en la totalidad de los ámbitos de atención en Oficinas Judiciales y Juzgados en todas las circunscripciones, advirtiendo que se han aplicado diversos criterios para atender la demanda de atención por turnos o presencial, mediante previos contactos telefónicos, por mensajería instantánea o correo electrónico. Que a la fecha las áreas técnicas estiman que están dadas las condiciones para ampliar la atención al público, en forma ordenada, progresiva y cuidada, remarcando que sean mantenidas las pautas generales de prevención en cuanto al uso de barbijo, sanitización de manos, distanciamiento interpersonal, como así también ventilación en las zonas de espera y de circulación. Que las particularidades de cada Oficina Judicial y de cada dependencia con atención al público, hacen recomendable brindar indicaciones generales, encomendando a cada titular de Organismo los ajustes necesarios y convenientes para brindar el mejor servicio en condiciones ordenadas y seguras. Que la organización de acceso por turnos ha demostrado ser una herramienta ordenatoria tanto para operadores externos como internos, que al permitir organizar la visita agendada, disminuyó el tiempo de espera en las Plataformas de Atención al Público y Mesas de Entradas. Que por todo ello, en primer lugar, corresponde indicar a la totalidad de los titulares de Organismos, que arbitren lo necesario para ampliar al máximo posible el horario de atención por turnos previos, y la cantidad de turnos simultáneos posibles, conforme el espacio disponible en cada dependencia, y la dotación de personal que se pueda afectar a esa finalidad de atención directa. Que del relevamiento actualizado, realizado en fecha 28-3-2022, se extrae que la presentación espontánea se suele fundar en necesidad de préstamos de expedientes para alegar, verificar en forma directa sobre formato papel de actuaciones no visibles por alguno de los sistemas de gestión (Dextra Web, SISCOM o similar), retiro o entrega de documentación original, consulta sobre dificultades técnicas en carga o confección de formularios web. Que en ese contexto resulta pertinente solicitar a la totalidad de los titulares de Organismos que dispongan de los medios necesarios para la atención de la demanda espontánea, que permita atender tales necesidades emergentes de los usuarios y operadores externos, identificando las intervenciones que podrían ser objeto de mejora en la gestión, y evitar consecuentemente la concurrencia innecesaria de los operadores externos a las dependencias judiciales. Que en ese marco es imperativo encomendar a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones que avance en la digitalización de todas las cédulas y mandamientos ya diligenciados de acuerdo con el trabajo que vienen llevando adelante el organismo a tales fines, debiendo informar a la Secretaria de Superintendencia la fecha a partir de la cual dará inicio con dicha tarea. Que finalmente, la situación sanitaria actual permite, además de aumentar la atención en cualquiera de las modalidades, ampliar la modalidad de recepción de audiencias que deban tomarse, combinando la modalidad mixta conforme el protocolo vigente de audiencias, con la modalidad presencial. Que a estos fines cada Oficina Judicial y cada dependencia deberá coordinar con sus respectivos Colegios de Jueces y Jueces a cargo, la forma y momento para implementar la modalidad de audiencias presenciales en las dependencias judiciales, con debido respeto a las normas de prevención y cuidado. Que para la ampliación de cantidad de turnos diarios, la atención a demanda y/o la efectivización de audiencias presenciales, los citados titulares contarán con la colaboración del Departamento de Salud Ocupacional y el de Salud, Seguridad, Higiene y Medio Ambiente. Que se requiere a las Oficinas y Dependencias de toda la Provincia, que para el viernes 1-4-2022 informen a la Secretaria de Superintendencia la modalidad de implementación para la atención ampliada por turnos y presentación espontánea, y la modalidad de audiencias presenciales. Que las ampliaciones de atención al público y en recepción de audiencias se aplicará desde el lunes 4-4-2022.

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA D E C R E T A:

1°) Disponer que los titulares de Organismos, arbitren lo necesario para ampliar al máximo posible el horario de asignación de turnos y la cantidad de los mismos, de acuerdo al espacio disponible en cada dependencia y la dotación de personal que se pueda afectar para la finalidad aquí dispuesta. 2°) Solicitar a la totalidad de los titulares de los Organismos, arbitren los medios necesarios para la atención de la demanda espontánea, que permita la consideración de las necesidades de los usuarios y operadores externos, de conformidad con lo indicado en los Considerandos del presente. 3º) Encomendar a la titular de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones disponga de lo necesario para poner en marcha la digitalización de todas las cédulas y mandamientos ya diligenciados, en cumplimiento con el trabajo que vienen llevando adelante el organismo a tales fines, debiendo informar a la Secretaria de Superintendencia la fecha a partir de la cual dará inicio con dicha tarea. 4°) Solicitar a la totalidad de los titulares de los Organismos, adopten lo necesario para ampliar al máximo la recepción de audiencias presenciales, pudiendo mantener la modalidad virtual; estableciendo un sistema mixto de recepción de audiencias que deberá ser establecido por cada Oficina Judicial en coordinación con sus respectivos Colegios de Jueces y Jueces a cargo conforme se indicara en los Considerados del presente decreto. 5º) Requerir a las Oficinas y Dependencias de toda la Provincia que para el viernes 1º de abril de 2022 informen a la Secretaria de Superintendencia la modalidad adoptada de conformidad con las instrucciones impartidas en el presente decreto -implementación para la atención ampliada por turnos y presentación espontánea, y la modalidad de audiencias adoptada-. 6º) Disponer que todas las medidas relativas a la ampliación de horarios para atención al público, asignación de turnos y recepción de audiencias presenciales, entre en vigencia a partir del 04 de abril de 2022. Dr. EVALDO DARÍO MOYA Presidente Tribunal Superior de Justicia