Instructivo complementario del remitido por la dirección de informática para el fuero de familia

Compartimos  y dejamos a disposición el Instructivo complementario del remitido por la dirección de informática para el fuero de familia.

 

Instructivo complementario del remitido por la dirección de informática para el fuero de familia

 

  • Carga de los datos básicos (Paso 1):
  • Fuero: FAMILIA
  •  Categoría: JUICIOS DE FAMILIA/CAPACIDAD JURIDICA/ INCIDENTES/ BENEFICIOS DE LITIGAR SIN GASTOS/ ETC
  • Materia: DIVORCIO/ REGIMEN DE COMUNICACIÓN/ ALIMENTOS/ RECLAMACION DE FILIACIÓN/ ETC.
  • Tipo: EXP para expedientes / INC para incidentes

Nota: cuando en la Categoría se carga  “Incidente”, en Materia se debe abrir el Menú de todos los incidentes cargados para el Fuero y elegir el necesario. Si se elige Incidente, en el renglón que dice “Tipo” marcar “INCIDENTE”.

 

  • Carga de partes según el proceso que se eligió (Paso 2):

La carga correcta de las partes (según el DNI o el acta con la que se está acreditando el vínculo) es fundamental porque con ese dato: a) se forma la carátula; b) se alimenta la base de datos; c) se tramita todo el proceso hasta la sentencia y d) se genera el antecedente, entre otros.

  1. Divorcio
  • Por presentación conjunta: las dos partes se cargan como “Actor” y en cada oportunidad, se carga el “Patrocinante del Actor” aunque se trate del mismo letrado.
  • Unipersonal: la parte que se presenta es el “Actor” y la otra parte se carga como “Otra Persona”. En el “Actor” se carga el abogado presentante
  1. Capacidad Jurídica: la persona a quien se le pretende restringir la capacidad se carga como “Interesado”. El que pide la restricción es “Peticionante” y es en esta pantalla que se carga al abogado que efectúa la presentación
  2. Medida de Protección Excepcional de Derechos de Niños y Adolescentes: a los menores cuyos derechos se pretenden proteger se cargan como “Menor”. Debe cargarse, también –si se tienen los datos- a la “Madre” y al “Padre”. Si quien se presenta es la Defensora de los Derechos del Niño y el Adolescente, carga como parte a la Defensoría (Persona Jurídica) y como patrocinante a la Defensora (persona Física) que se presenta para que pueda ver las actuaciones en su sistema Dextra.
  3. Adopción: se cargan los datos en idéntica forma que en c).

Nota: tanto en c) como en d) en la carátula debe ir el nombre del menor.

  1. Homologaciones: debe cargarse a ambas partes como “Actor” y cada vez, cargar al letrado patrocinante, aunque se trate de la misma persona.
  2. Beneficio de litigar sin gastos: se carga como “Actor” a quien solicita el Beneficio. Se puede cargar a la otra parte del juicio principal –para el que se solicita el trámite- como “Otra Persona”.
  3. Procesos contradictorios: en ellos se cargan “Actor” y “Demandado” en la forma detallada en el Instructivo entregado por la Dirección de Informática

Nota importante: la carga de los abogados –patrocinantes o apoderados- de cada parte, permite a los letrados ver los movimientos de las causas en sus estudios a través de la Consulta Web.

 

  • Demanda: es importante citar en el Sumario del escrito o en el primer punto, la carátula completa del antecedente que hubiere en el Fuero, si existe.

 

Datos importantes a tener en cuenta (advertidos como errores en las cargas de demandas hasta la fecha):

  • Los DNI no van con punto
  • Si es “Expediente” no cargarlo como Incidente
  • Deben ingresarse todos los datos para que se conforme la carátula (actor, demandado –si lo hubiere-, categoría y materia. En las Medidas de Protección tener en cuenta los datos consignados más arriba)
  • Los nombres se deben cargar completos según surja del DNI (que el abogado tuvo a la vista) o de las actas de nacimiento, de matrimonio, etc. (no es lo mismo Andrea Paula que Paula Andrea). El segundo nombre se debe cargar completo (Ej. Juan Carlos; no Juan C)
  • En el campo DNI debe cargarse ese dato y no el CUIL
  • Es importante no agregar un espacio de más luego del apellido o del nombre porque el sistema entiende que se trata de “una letra” más y al momento de su búsqueda virtual, no se encuentra.