LA SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA INFORMA LO RESUELTO MEDIANTE DECRETO N°273/21
VISTO: Los Decretos N° 256/2021, 258/2021 y 267/2021 de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, y la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria informada por las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial;
Y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 258/2021 de fecha 18-5-2021, este Tribunal Superior de Justicia dispuso la suspensión de la actividad judicial con suspensión de cómputo de plazos –con el alcance especificado- y la suspensión de atención al público hasta el día 28-5-2021 en todas las dependencias del Poder Judicial de la Provincia.
Que las medidas adoptadas por este Tribunal han respondido a la necesidad institucional de contribuir con las acciones para contener la propagación de contagios de virus de Covid-19, teniendo en consideración tanto la cuestión sanitaria general provincial, como la evolución de los indicadores al interior del plantel laboral judicial.
Que resulta necesario adoptar las acciones pertinentes en relación a la continuidad del servicio judicial, en particular lo relativo a atención al público y presencialidad del personal judicial en dependencias judiciales en toda la provincia.
Que mediante Decreto N° 267/2021 se dispuso la suspensión de términos registrales para el Registro de la Propiedad Inmueble hasta el 30-5-2021, y toda vez que persisten las circunstancias que motivaron su dictado, será necesario ampliar tal suspensión hasta el domingo 6-6-2021 inclusive.
Que en igual sentido, la Directora del Registro Público de Comercio solicita que se disponga la suspensión de términos para la tramitación ante el citado organismo a partir del lunes 31-5-2021 y hasta el domingo 6-6-2021 inclusive.
Que asimismo, la especial modalidad de trabajo en el Fuero Penal provincial, comprensiva de la actuación continua, bajo sistema de turnos y guardias en los Ministerios Públicos Fiscal, de la Defensa y organismos dependientes de este Tribunal Superior de Justicia, requiere la adopción de medidas específicas que eviten la frustración de actuaciones judiciales y del avance de las investigaciones y legajos, en la actual situación de limitada presencialidad, restricción en el acceso al público asistente a dependencias judiciales –víctimas, testigos, peritos, operadores en general-, sin perjuicio de la validez de los actos y diligencias que sea posible realizar, bajo estrictos protocolos sanitarios en todos los casos.
Que en este contexto, habiendo relevado la situación sanitaria y epidemiológica provincial e interna al Poder Judicial, corresponde adoptar las medidas pertinentes a efectos de mitigar el riesgo de contagios y brindar un ambiente laboral seguro para el personal judicial, garantizando paralelamente el servicio de justicia en la medida de lo posible.
Que resulta pertinente recordar al personal judicial la necesidad de atenerse estrictamente a las recomendaciones sanitarias y a las indicaciones específicas sobre la organización del trabajo en esta coyuntura.
Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el artículo 34°, inciso d, sub inciso 3, de la Ley N° 1436,
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
D E C R E T A:
1°) Disponer la continuidad de la suspensión de atención al público en todos los organismos judiciales de la provincia, de manera presencial, hasta el domingo 6-6-2021.
2°) Continuar con equipos de trabajo indispensables –reducidos a la mínima expresión posible y contemplando la rotación entre el personal- para la prestación del servicio que indefectiblemente requiera de presencialidad del personal en las dependencias habituales, y al único efecto de atender las necesidades urgentes e impostergables del servicio de justicia, que no puedan ser resueltas adecuada, plena y oportunamente por medios virtuales, remotos o a distancia.
3°) Extender para el Registro de la Propiedad Inmueble la suspensión de plazos registrales desde el lunes 31-5-2021 hasta el domingo 6-6-2021 –ambos inclusive-.
4º) Disponer para el Registro Público de Comercio la suspensión de plazos registrales desde el lunes 31-5-2021 hasta el domingo 6-6-2021 –ambos inclusive-.
5°) Disponer para el Fuero Penal la suspensión de plazos procesales desde el lunes 31-5-2021 hasta el domingo 6-6-2021 –ambos inclusive-, sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen y sus titulares autoricen en dicho período. Los/las magistrados/as y funcionarios/as podrán disponer la habilitación de días y horas para aquellos asuntos que consideren de impostergable trámite; asimismo podrán modificar la modalidad de audiencias que previstas de manera presencial puedan realizarse de modo virtual.
6°) Notifíquese. Dese amplia difusión mediante comunicación de estilo a todo el personal de Poder Judicial, a los Colegios de Abogados y Procuradores, al Colegio de Escribanos. Encomendar a la Oficina de Comunicación Institucional la difusión masiva de lo aquí dispuesto. Pase a ratificación del Cuerpo en el próximo Acuerdo.
Dr. Roberto Germán Busamia
Presidente
Tribunal Superior de Justicia